Ha ocurrido en San Lázaro, Santiago. Un juez ha ordenado la vacunación por COVID-19 a una anciana interna en una residencia de la capital gallega. El auto dicta que la vacunación tiene consecuencias más positivas que los posibles efectos secundarios. Su hija, que actuaba como representante legal de la anciana, se negaba a que su madre fuera vacunada contra el COVID-19.

Pese a lo que se puede llegar a pensar leyendo el título de la noticia, la decisión no está justificada por el posible daño a terceros sino por el riesgo que suponía la no vacunación con el estado en el que se encuentra la mujer. “El riesgo se incrementa, de manera indudable, a medida que la administración de la vacuna se demora y el número de contagios aumenta porque, en la misma progresión, es previsible que lo haga la posibilidad de contraer la enfermedad” aludía Javier Fraga, Juez del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago .

El ministro Illa ha insistido en sus intervenciones que el plan de vacunación contra la COVID-19 no era obligatorio, defendiendo que, era tan evidente que las vacunas salvan vidas, que no veía necesario emitir una orden por parte del gobierno de obligar a vacunar.

Y en este caso ha sido un juez, por primera vez en España quien ha impuesto a la familia la obligación de vacunar a la anciana, anteponiendo la salud de esta a las creencias que pudieran tener sobre los efectos secundarios de la vacuna contra el COVID-19. Ello, puede asentarse como precedente para los posibles casos futuros que se puedan dar en los próximos meses en nuestro país.

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