La jurisprudencia parece estar dando un respiro a dos de los grandes sectores que se han visto gravemente afectados por las restricciones motivadas por el aumento de contagios de COVID-19, nos referimos a la hostelería y a los gimnasios. Al respecto, en la anterior publicación de la web, nos referíamos concretamente al auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Valencia con fecha 25 de junio de 2020 mediante el cual se adoptaba una medida cautelar consistente en la rebaja del 50% del arrendamiento de un local hotelero.

Recientemente, en febrero de 2021, una medida similar ha sido acordada para ayudar a sufragar los efectos que la crisis económica había ocasionado a un gimnasio de Palencia. Ambas modificaciones contractuales se deben a la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus, institución jurídica que permite alterar el contenido del contrato pactado por las partes cuando devienen sucesos extraordinarios que alteran sus expectativas.

Recordemos que, en algunas comunidades, los gimnasios han permanecido cerrados y sin clientes más tiempo que el sector de la hostelería.  Tal situación aconteció durante los meses más críticos de la evolución de la pandemia del pasado año, pero con las constantes adaptaciones a brotes y aumentos de contagios ha sido un sector constantemente perjudicado por cierres, reducciones de aforo y otras especificaciones propias para los locales que no cuentan con espacios al aire libre. En los meses de septiembre y octubre, los negocios de este sector volvían a recobrar cierta normalidad con la vuelta a la rutina tras el periodo estival, pero por los vaivenes pandémicos volvieron a verse perjudicados. Por tales impedimentos para poder desarrollar su actividad es normal la tendencia a solicitar medidas cautelares al respecto.

En el asunto que traemos hoy a colación, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº7 de Palencia Auto 26/2021 de 9 de Febrero, la parte demandante (gimnasio) solicitó la adopción de unas medidas cautelares para aliviar la soga económica padecida, concretamente, solicitó “la suspensión de la obligación del pago de las rentas y parte proporcional del IBI hasta que se permita la reapertura de la actividad”.  El dueño de este gimnasio de Palencia solicita tales medidas porque los arrendadores del gimnasio instaron un procedimiento de desahucio y de reclamación de las cantidades debidas el pasado diciembre.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº7 de Palencia decide adoptar las medidas cautelares anteriormente especificadas en base al hecho de que estamos ante una situación extraordinaria e imprevisible causado por el COIVD-19 que inevitablemente está creando un desequilibrio entre las partes contractuales del contrato de arrendamiento del gimnasio, ya que mientras el mismo permanece sin actividad ni ingresos se siguen devengando cuotas para el arrendatario que debe asumir a pesar de todo. De esta manera se ha procedido a modificar las obligaciones contractuales y por ende aplicando la cláusula rebus sic stantibus.

Precisamente, como ya indicábamos en la publicación anterior, se están empezando a producir resoluciones favorables como causa de las incesantes solicitudes de medidas cautelares por los empresarios afectados por las constantes adaptaciones a las situaciones devenidas por el COVID-19.

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